Anteproyecto de ley - convenio para cumplir con la Directiva Constitucional (art. 75, inc. 2º, y disposición transitoria sexta)
La Comisión Federal de Impuestos, ante la disposición transitoria SEXTA de la Constitución Nacional que establece:
"Un régimen de coparticipación conforme lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 75 y la reglamentación del Organismo Fiscal Federal,
serán establecidos antes de la finalización del año 1996; la distribución de competencias, servicios y funciones vigentes a la sanción
de esta reforma no podrá modificarse sin la aprobación de la provincia interesada; tampoco podrá modificarse en desmedro de las provincias
la distribución de recursos vigente a la sanción de esta reforma y en ambos casos hasta el dictado del mencionado régimen de coparticipación,
asumió el ejercicio pleno de las competencias que le atribuyen los incisos f), g) e i) del artículo 11 de la Ley 23.548 y constituyó una subcomisión
de carácter plenario para la redacción de un anteproyecto que diera cumplimiento a la norma invocada.
"Sistema Básico de Concertación para la Coordinación, Armonización y Distribución Financiera y Fiscal"